El Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias fijando doctrina sobre algunas cuestiones relativas a cláusulas abusivas en contratos con consumidores sobre las que aún no se había pronunciado. Diferentes sentencias se pronuncian sobre los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula que atribuye al prestatario la totalidad de los gastos e impuestos, ya declarada nula por la sentencia 705/2015, de 23 de diciembre, así como recientes Sentencias de la Audiencia Provincial de Las Palmas establecen la posibilidad de recuperar lo abonado por comisión de apertura.
El Tribunal Supremo ha declarado que se han vulnerado los derechos de los Consumidores, al imponer el banco al prestatario la obligación del pago de la totalidad de los gastos de formalización del préstamo. Como consecuencia de la citada Sentencia, puede reclamar judicialmente la declaración de nulidad de la cláusula y el abono de esos gastos de formalización que en su día abonó.
¿Qué necesita para poder reclamarlos?
Para poder reclamar judicialmente los gastos de formalización, tenemos que analizar su escritura de hipoteca y deberá recopilar las siguientes facturas que usted en su día abonó al firmar su préstamo:
1º.- Factura de notaría del préstamo hipotecario.
2º.- Factura del registro de la propiedad del préstamo hipotecario.
3º.- Gastos de gestoría de la tramitación del préstamo hipotecario.
4º.- Factura de los gastos de Tasación
5º.- Comprobante de abono de Comisión de apertura
En caso de no encontrar alguna de estas facturas, le podemos asesorar sobre su obtención acudiendo a los organismos correspondientes.
¿Quién puede reclamar?
– Todos/as quienes tengan su hipoteca en vigor.
¿Que cantidades se pueden reclamar?
En cuanto a la Notaría el 50% de su factura, la totalidad de los gastos de Registro de la Propiedad, Gestoría y Tasación, y conforme al criterios de los Juzgados de Las Palmas y TJUE, la comisión de apertura en determinadas circunstancias.
¿Cuales son los pasos a seguir?
Una vez recopilada todas las facturas, el procedimiento a seguir es comenzar presentando una reclamación previa ante la entidad bancaria y en caso de ser desatendida, habrá que acudir a la vía judicial.
Como consecuencia de su reclamación judicial, podrá recuperar parte de las cantidades abonadas en los conceptos anteriormente mencionados y en la actualidad, los Juzgados están condenando a los bancos a soportar los gastos del consumidor con respecto a abogado y procurador.
Si desea más información, no dude en llamarnos sin ningún tipo de compromiso, y nuestro equipo de abogados especialistas en derecho bancario le asesorarán en todo lo que necesite.